División de Servicios de Justicia Penal

Preguntas frecuentes

1. ¿Qué cursos de capacitación se requieren para ser empleado como guardia de seguridad?

El Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n, requiere que los solicitantes de guardias de seguridad y / o guardias de seguridad completen los siguientes cursos de capacitación:

*8 Curso de Capacitación Previa a la Asignación de horas para Guardias de Seguridad

Este es un curso de 8 horas requerido por el Estado de Nueva York como el primer paso para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad del Departamento de Estado del Estado de Nueva York. El curso proporciona al estudiante una visión general de los deberes y responsabilidades de un guardia de seguridad. Los temas tratados en este curso incluyen el papel del guardia de seguridad, los poderes y limitaciones legales, las situaciones de emergencia, las comunicaciones y las relaciones públicas, el control de acceso y la ética y la conducta. Se requiere la aprobación de un examen para completar con éxito este curso.

Curso de Capacitación en el Trabajo de 16 Horas para Guardias de Seguridad

Este es un curso de 16 horas que debe completarse dentro de los 90 días posteriores al empleo como guardia de seguridad. El curso proporciona al estudiante información detallada sobre los deberes y responsabilidades de un guardia de seguridad. Los temas tratados en este curso incluyen el papel del guardia de seguridad, las facultades y limitaciones legales, las situaciones de emergencia, las comunicaciones y las relaciones públicas, el control de acceso, la ética y la conducta, el sistema de comando de incidentes y el terrorismo. Se requiere la aprobación de un examen para completar con éxito este curso.

Curso Anual de Capacitación en el Servicio de 8 Horas para Guardias de Seguridad

Este es un curso de 8 horas que debe completarse en un plazo de 12 meses naturales a partir de la finalización del Curso de Capacitación en el Trabajo de 16 Horas para Guardias de Seguridad, y posteriormente anualmente. El curso está estructurado para proporcionar al estudiante información actualizada y mejorada sobre los deberes y responsabilidades de un guardia de seguridad. Los temas incluyen el papel del guardia de seguridad, los poderes y limitaciones legales, las situaciones de emergencia, las comunicaciones y las relaciones públicas, el control de acceso y la ética y la conducta.

* Curso de Capacitación en Armas de Fuego de 47 Horas para Guardias de Seguridad Armados

Este es un curso de 47 horas requerido por el Estado de Nueva York como primer paso para obtener una tarjeta de registro especial para guardias armados del Departamento de Estado del Estado de Nueva York. Para asistir al curso, los estudiantes deben poseer una licencia de pistola válida de acuerdo con la Sección 400.00 de la Ley Penal de Nueva York y una tarjeta de registro de guardia de seguridad válida de Nueva York. El curso consta de 7 horas del artículo 35 de la Ley Penal del Estado de Nueva York (Uso de la Fuerza/Fuerza Física Mortal) y 40 horas de instrucción y calificación. Para completar con éxito el curso, el estudiante debe aprobar un examen escrito sobre el artículo 35 y calificar con una pistola.

Curso Anual de Capacitación en Armas de Fuego de 8 Horas para Guardias Armados

Este es un curso de 8 horas que debe completarse dentro de los 12 meses calendario siguientes a la finalización del Curso de Capacitación en Armas de Fuego de 47 Horas para Guardias Armados, y anualmente a partir de entonces. Para asistir al curso, los estudiantes deben poseer una licencia de pistola válida de acuerdo con la Sección 400.00 de la Ley Penal de Nueva York y una tarjeta de registro de guardia de seguridad válida de Nueva York. El curso consta de 3 horas del artículo 35 de la Ley Penal del Estado de Nueva York (Uso de la Fuerza/Fuerza Física Mortal) y 5 horas de instrucción y calificación de alcance. Para completar con éxito el curso, el estudiante debe aprobar un examen escrito sobre el artículo 35 y calificar con una pistola.

*Los guardias de seguridad o los solicitantes de guardias de seguridad solo necesitan completar este curso una vez.

2. ¿Quién puede proporcionar el entrenamiento de guardia de seguridad requerido por el Estado de Nueva York?

Solo una escuela de capacitación para guardias de seguridad aprobada por la División de Servicios de Justicia Criminal del Estado de Nueva York (DCJS) puede proporcionar la capacitación requerida para guardias de seguridad del Estado de Nueva York.

DCJS aprueba entidades como escuelas de entrenamiento de guardias de seguridad cuando cumplen con criterios específicos. Los cursos de capacitación ofrecidos por esas escuelas deben cumplir las normas mínimas establecidas en las normas y reglamentos. El DCJS solo aprueba las escuelas de capacitación de guardias de seguridad para proporcionar la capacitación de guardias de seguridad requerida por el Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n. Estos cursos de capacitación de guardias de seguridad requeridos se enumeran en la pregunta #1. Solo los cursos enumerados en la pregunta #1 están bajo la jurisdicción de DCJS.
Las personas que impartan cursos de capacitación para guardias de seguridad requeridos por el Estado de Nueva York deben ser instructores certificados por DCJS.

DCJS certifica a las personas como instructores de guardias de seguridad e instructores de guardias de seguridad armados cuando han cumplido con los requisitos mínimos establecidos en las reglas y regulaciones.

3. ¿Debo completar el Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas y el Curso de Capacitación sobre Armas de Fuego de 47 Horas para Guardias de Seguridad Armados más de una vez?

Estos cursos solo se deben tomar una vez. Sin embargo, un nuevo empleador podría exigirle que vuelva a tomar estos cursos. Exigir que se reanuden estos cursos debe ser dictado por el nuevo empleador, no por una escuela de capacitación de guardias de seguridad.

4. ¿Cuándo tengo que completar el Curso de Capacitación en el Trabajo de 16 Horas?

El Curso de Capacitación en el Trabajo de 16 Horas es obligatorio para todos los guardias de seguridad en el Estado de Nueva York y debe completarse dentro de los 90 días posteriores a su empleo como guardia de seguridad. Este curso está diseñado para ser tomado después de que un individuo sea empleado como guardia de seguridad, ya que la capacitación debe realizarse mientras está en el trabajo y es específica para las tareas y asignaciones de trabajo del individuo.

5. Una escuela de capacitación para guardias de seguridad ofrece un» paquete » de cursos de capacitación, que incluyen el Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas, el Curso de Capacitación en el Empleo de 16 Horas y el Curso Anual en Servicio de 8 Horas por un precio. Debo comprar este «paquete»?

No. El Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas es un curso general diseñado para ser tomado para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad del Estado de Nueva York. La mayoría de las personas completan este curso antes de trabajar. El Curso de Capacitación en el Empleo de 16 horas de duración está destinado a personas empleadas que trabajan en un entorno de seguridad específico, y el Curso Anual de Capacitación en el Empleo de 8 Horas de Duración debe completarse en un plazo de 12 meses civiles a partir de la finalización del Curso de Capacitación en el Empleo de 16 Horas para Guardias de Seguridad, y posteriormente anualmente.

6. He completado el Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas, pero una escuela de capacitación de guardias de seguridad me dice que debo completar capacitación adicional (por ejemplo, capacitación en detección de metales, capacitación en terrorismo, capacitación en guardia de incendios, RCP, capacitación en seguridad nacional, etc.).) para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad del Estado de Nueva York, o para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad de nivel superior. ¿Debo completar estos cursos para convertirme en guardia registrado u obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad de nivel superior?

No. En el Estado de Nueva York (NYS), una persona solo puede solicitar una tarjeta de registro de guardia de seguridad, guardia armado especial o guardia de vehículos blindados. No hay otra designación o niveles de guardias de seguridad en el Estado de Nueva York. Un individuo está registrado como guardia de seguridad, guardia armado especial o guardia de vehículos blindados. El Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas es el único curso requerido para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad del Estado de Nueva York. Para obtener una tarjeta de registro de guardia armado especial, se requiere completar los Cursos de Capacitación de 8 Horas de Pre-Asignación y 47 Horas de Armas de Fuego antes de presentar la solicitud al Departamento de Estado del Estado de Nueva York.

7. Una escuela me dice que necesito o debo tomar algunos cursos adicionales. ¿Es verdad?

El Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, Sección 89-n (Requisitos de capacitación) requiere la finalización de solo cinco (5) cursos de capacitación (los enumerados en la pregunta #1). Una persona que busca una tarjeta de registro de guardia de seguridad primero debe completar el Curso de Capacitación Previa a la Asignación de 8 Horas. Una vez empleado, la finalización del Curso de Capacitación en el Trabajo de 16 Horas debe completarse dentro de los 90 días posteriores a la contratación. El Curso Anual de Capacitación en el Servicio de 8 Horas de Duración debe completarse en un plazo de 12 meses naturales a partir de la finalización del Curso de Capacitación en el Empleo de 16 Horas para Guardias de Seguridad, y posteriormente anualmente. Una persona que busque una tarjeta de registro de guardia de seguridad armada también debe completar el Curso de Capacitación en Armas de Fuego de 47 Horas y luego el Curso Anual de Capacitación en Armas de Fuego de 8 Horas todos los años. (refiérase a la pregunta # 1 sobre cuándo deben completarse estos cursos). Debe investigar cuidadosamente qué cursos debe completar y cuándo deben completarse. También debe sopesar los beneficios de completar cursos de capacitación adicionales para guardias de seguridad que no son requeridos por la ley.

8. Una escuela de guardias de seguridad ubicada en la ciudad de Nueva York me dice que necesito completar el entrenamiento de guardia de incendios, ¿es cierto?

Como se señaló en la pregunta # 6, la capacitación de guardia de incendios no es requerida por el Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n, para obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad del Estado de Nueva York. También es importante tener en cuenta que hay una diferencia entre un guardia de seguridad y una guardia de incendios. En la ciudad de Nueva York, las personas deben tener un Certificado de Aptitud emitido por el Departamento de Bomberos de la ciudad de Nueva York para obtener empleo como guardafuegos.

Hay una serie de escuelas de formación de guardias de seguridad que ofrecen cursos de capacitación y/o preparación para guardias de incendios. Debe ser consciente de que no puede trabajar como guardia de incendios al completar estos cursos. Primero debe tomar y aprobar el examen Certificado de Aptitud Física del Departamento de Bomberos de Nueva York.

Se puede acceder a información sobre el examen de Aptitud física y los materiales de estudio de fireguard en: http://www.nyc.gov/html/fdny.

9. ¿Cuánto cuesta la formación?

Las escuelas de formación de guardias de seguridad establecen sus propias tarifas para los cursos que ofrecen. No hay supervisión regulatoria para los honorarios asociados con la capacitación de guardias de seguridad requerida por el Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n.

10. ¿Qué debo hacer si tengo una disputa sobre las tarifas cobradas?

Las disputas sobre tarifas y otros problemas con el consumidor deben remitirse a su agencia local de asuntos del consumidor, Better Business Bureau u otra organización similar que sea responsable de responder a estos problemas.

11. Una escuela de entrenamiento de guardias de seguridad dice que pueden ayudarme a encontrar un trabajo o tener un trabajo para mí si completo sus cursos de capacitación.

Antes de firmar un contrato o pagar una suma de dinero, debe EXAMINAR MINUCIOSAMENTE cualquier promesa o garantía de colocación laboral por parte de escuelas de capacitación de guardias de seguridad u otras personas. Puede comunicarse con DCJS si tiene preguntas o inquietudes sobre promesas o garantías hechas por una(s) escuela (es) de entrenamiento de guardias de seguridad.

12. ¿Qué me da la escuela cuando termino un curso?

Las escuelas de entrenamiento de guardias de seguridad deben emitir un certificado de finalización aprobado por DCJS a los estudiantes que completen con éxito los cursos de entrenamiento de guardias de seguridad requeridos de acuerdo con la Recopilación de Códigos, Reglas y Regulaciones del Estado de Nueva York (NYCRR, por sus siglas en inglés), Parte 6027.12(c).

13. ¿Qué es un Aviso de Aviso para Estudiantes?

Se requiere que las escuelas de entrenamiento de guardias de seguridad aprobadas proporcionen a los estudiantes que asisten a uno de los cinco cursos enumerados en la pregunta #1 una copia del Aviso de Aviso para Estudiantes de DCJS. El Aviso describe varias condiciones del programa de capacitación que los afectarán de inmediato y en el futuro. A través de este Aviso, la escuela está informando al estudiante de estas condiciones. Se puede acceder a una copia haciendo clic en el siguiente enlace:

14. ¿Cómo puedo encontrar una escuela para obtener el entrenamiento de guardia de seguridad requerido?

DCJS mantiene una lista de escuelas de capacitación de guardias de seguridad aprobadas para proporcionar cursos de capacitación de guardias de seguridad requeridos por el Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n. Se puede acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace:

15. ¿Necesito una licencia de pistola para asistir al Curso de Capacitación de 47 Horas sobre Armas de Fuego para Guardias de Seguridad Armados?

Las personas deben poseer una licencia de pistola válida de conformidad con la Sección 400.00 del Derecho Penal y una tarjeta de registro de guardia de seguridad válida para asistir al Curso de Capacitación de 47 Horas sobre Armas de Fuego para Guardias de Seguridad Armados. También se requiere una licencia de pistola válida y una tarjeta de registro de guardia de seguridad para asistir al Curso Anual de Capacitación en Armas de Fuego de 8 Horas para Guardias de Seguridad Armados.

16. ¿Puedo obtener una tarjeta de registro de guardia de seguridad si tengo antecedentes penales?

La División de Servicios de Licencias del Departamento de Estado de Nueva York es responsable del registro de los guardias de seguridad. Todas las preguntas relacionadas con el registro de guardias de seguridad deben dirigirse a esa oficina al (518) 474-7569. También se puede acceder a información sobre el proceso de inscripción en:

17. ¿Tengo que completar el entrenamiento de guardia de seguridad requerido si tengo entrenamiento previo para hacer cumplir la ley?

El Artículo 7-A de la Ley General de Negocios del Estado de Nueva York, sección 89-n, establece varias exenciones de los requisitos de capacitación de guardias de seguridad basados en el empleo y la capacitación de Aplicación de la ley aprobada por el Consejo de Capacitación de la Policía Municipal completada. Se puede ver una matriz que describe estas exenciones haciendo clic en el siguiente enlace: https://www.criminaljustice.ny.gov/ops/sgtraining/index.htm

18. ¿Dónde puedo obtener información adicional sobre los requisitos para las escuelas de formación de guardias de seguridad y la formación requerida?

Los requisitos para escuelas y cursos de capacitación se pueden encontrar en 9 NYCRR Partes 6027 y 6028. Haga clic en el siguiente enlace para revisar estas regulaciones: http://www.criminaljustice.ny.gov / ops / docs / sgtraining / forms / newsgschool / laws-rules-and-regulations.pdf

19. ¿Qué debo hacer si tengo un problema con una escuela de formación de guardias de seguridad?

Comuníquese con:

División de Servicios de Justicia Penal del Estado de Nueva York
Oficina de Seguridad Pública
Programa de Guardias de Seguridad
Edificio Alfred E. Smith
80 South Swan St.
Albany, Nueva York 12210
(518) 457-4135
Agosto de 2011

20. Recibí una carta de la División de Servicios de Licencias (DOS) del Departamento de Estado del Estado de Nueva York en la que se indica que mi registro de guardia de seguridad no se puede emitir porque los registros de DOS no muestran la finalización de un curso o cursos. ¿Qué hago ahora?

Los registros de DOS reflejan muy de cerca la base de datos de entrenamiento de guardias de seguridad de DCJS. Espere hasta tres semanas para que un evento de capacitación se registre con DOS. Para obtener una copia de su registro de entrenamiento de guardia de seguridad de DCJS, vaya a: http://www.criminaljustice.ny.gov/ops/staff/index.htm.

Los certificados de formación de guardias de seguridad son expedidos por las escuelas de formación. Sin un registro de un evento de capacitación presentado a DCJS por la escuela, los certificados por sí solos no sirven como prueba de la capacitación completada.

Debido a que los registros de capacitación de DOS reflejan tan de cerca los de DCJS, la mayoría de los problemas deberán ser resueltos por el estudiante que se comunique con la escuela de guardias de seguridad que proporcionó la capacitación. DCJS enmendará los registros de capacitación solo después de que los Directores de la Escuela de Guardias de Seguridad proporcionen la documentación requerida directamente a DCJS. En la pregunta 14 figura una lista actualizada de Escuelas de Guardias de Seguridad Aprobadas, con números de teléfono. Esta lista también proporcionará la fecha en que se revocaron ciertas escuelas de guardias de seguridad. El entrenamiento realizado después de que una escuela fue revocada no será registrado por DCJS.

Si la escuela de capacitación se niega a ayudar a rectificar los registros de capacitación, envíe su nombre, fecha de nacimiento, nombre(s) del curso, fecha(s) del curso, nombre de la escuela y la persona con la que habló en la escuela a [email protected].

DCJS enviará su correo electrónico directamente al director de la escuela solicitando ayuda en el asunto.

Desafortunadamente, si la escuela de guardias de seguridad en la que asistió a la capacitación ya no está en el negocio y no ha enviado los registros requeridos a DCJS, tendrá que tomar la capacitación nuevamente.

Las preguntas sobre qué cursos y plazos se requieren en función de circunstancias personales específicas solo pueden ser respondidas por DOS. DOS puede ser contactado al (518) 474-7569.

SOLO EL DEPARTAMENTO DE ESTADO PUEDE DETERMINAR QUÉ CURSOS SE REQUIEREN PARA RENOVAR EL REGISTRO DE GUARDIA DE SEGURIDAD

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