En el Departamento de Gestión de Cuencas Hidrográficas, cumpliremos con ese compromiso al mantener un servicio al cliente de alta calidad a través de la precisión, la responsabilidad y la comunicación. La información en estas páginas tiene como objetivo guiarlo a través del proceso de establecer el servicio, pagar su factura, solicitar reparaciones y responder a otras preguntas sobre el servicio. Queremos saber de usted, utilice nuestro formulario en línea en ATL311.com para enviar la solicitud en línea o contáctenos al 404-546-0311 fuera de los límites de la Ciudad, o al 311 dentro de los límites de la ciudad de 7:00 a.m. a 6:00 p. m. de lunes a viernes.

Código de la ciudad de Atlanta, Sección 154-277-Cargo por servicio de alcantarillado.

«Disponibilidad de alcantarillado»
(f) Aplicabilidad de la sección. Cuando el comisionado determine que el servicio de alcantarillado está disponible para cualquier lote, parcela de terreno, local o instalación, se le dará un aviso de 60 días al propietario de dicho lote, parcela de terreno, local o instalación que dirija la conexión al alcantarillado disponible, y la facturación según lo dispuesto en los subpárrafos (a) a (e) anteriores se iniciará a partir de entonces, a menos que se autorice una exención según lo establecido en el subpárrafo (g) siguiente.

g) Exención autorizada. El alcalde o su designado está autorizado a eximir del 12 por ciento de los cargos por servicio de alcantarillado a aquellos clientes domésticos en la ciudad que soliciten dicha exención y que puedan demostrar a satisfacción del comisionado mediante la certificación de un maestro plomero con licencia en la Ciudad de Atlanta, que no están conectados a las instalaciones de control de contaminación del agua de la ciudad. Dicho 12 por ciento constituye la parte del cargo por servicio de alcantarillado impuesto por los costos operativos de las instalaciones de control de contaminación de agua de la ciudad que está directamente asociado con el tratamiento de aguas residuales.

Por el presente, el alcalde está autorizado a eximir de todo el cargo por servicio de alcantarillado para aquellos clientes domésticos en la ciudad que soliciten dicha exención y que puedan demostrar a satisfacción del comisionado mediante la certificación de un maestro plomero con licencia en la ciudad que no están conectados a las instalaciones de control de contaminación del agua de la ciudad. Esta certificación debe indicar que el piso más bajo de su residencia que contiene instalaciones de descanso, no puede ser atendido por flujo de gravedad. La exención, una vez otorgada, continuará en vigor, a menos que se revoque, hasta que el inspector de plomería de la ciudad emita los permisos de plomería para la conexión al alcantarillado. Dicha renuncia, cuando sea autorizada por el alcalde, entrará en vigencia el primer día del siguiente ciclo de facturación después de la fecha de autorización. No se autorizará ninguna exención si alguna parte de la residencia está conectada a las instalaciones de control de contaminación del agua de la ciudad.

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