Moratoria de Desalojos de los CDC: Información y Formularios para Inquilinos

Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) emitieron una moratoria de desalojos temporales. La moratoria es efectiva desde el viernes 4 de septiembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021. No sabemos qué sucederá cuando expire esta moratoria, pero las protecciones enumeradas en este artículo aún podrían afectar los casos de desalojo en Michigan a principios de 2021.

Cuando expire esta moratoria, algunos jueces pueden celebrar una audiencia antes de emitir una Orden de Desalojo, mientras que otros solo emitirán Órdenes de Desalojo sin audiencias. Si fue protegido de desalojo debido a esta moratoria, debe estar preparado para tener una audiencia y para que el juez emita una Orden de Desalojo sin audiencia. Si esta moratoria se extiende o se reemplaza por otra, actualizaremos este artículo de inmediato.

Si está Atrasado En el pago de Su Alquiler

Hay dos tipos de protección contra el desalojo en este momento: un Programa Estatal de Desviación de Desalojos que puede ayudarlo a pagar el alquiler atrasado y la moratoria de desalojos de los CDC. Usted puede calificar para uno o ambos, dependiendo de sus circunstancias.

  • Si su propietario le ha dado un Aviso de Renuncia o Demanda de Posesión, o si le han entregado una Queja de Desalojo, debe solicitar ayuda a su Agencia Local de Evaluación y Recursos de Vivienda (HARA, por sus siglas en inglés) para pagar su alquiler atrasado y hablar con asistencia legal. Encuentre su información de contacto en la página Recursos para Desalojos. Mientras está pasando por el proceso de asistencia de alquiler de HARA (o después de haberlo pasado), debe tratar de averiguar si califica para protección bajo la moratoria de los CDC y, de ser así, entregue a su propietario un formulario de declaración de los CDC firmado (vea a continuación).
  • Si ya solicitó ayuda a su HARA local para pagar su alquiler y a) recibió ayuda o b) se le dijo que no calificaba, debe tratar de averiguar si califica para la protección bajo la moratoria de los CDC y, de ser así, entregue a su propietario un formulario de declaración firmado (vea a continuación).
  • Si ya le ha dado a su propietario la declaración de los CDC y todavía está avanzando con un desalojo, debe llamar a asistencia legal de inmediato. Encuentre su información de contacto en la página Recursos para Desalojos.
  • Si está atrasado en el pago de la renta pero el propietario no le ha dado ningún documento de desalojo, probablemente debería esperar para darle a su propietario un formulario de documentación de los CDC completo y firmado. No debe darle a su propietario un formulario de declaración de los CDC sin solicitar ayuda con el alquiler a las agencias gubernamentales pasando por el proceso de solicitud de HARA y solicitando Ayuda de Emergencia Estatal de MDHHS. Actualmente, no puede obtener asistencia de HARA o MDHHS sin recibir documentos de desalojo de su propietario. Si recibe un Aviso de Renuncia o Demanda de Posesión, siga los pasos descritos anteriormente.

¿Esta Moratoria Me Protege?

Esta moratoria lo protege del desalojo por falta de pago del alquiler si todo lo siguiente es cierto:

  • Usted encaja en al menos una de estas tres categorías:
    • Recibió un Pago de Impacto Económico (cheque de estímulo) bajo la Ley CARES;
    • Espera ganar 9 99,000 o menos en 2020 (o $198,000 o menos si está declarando impuestos conjuntamente con su cónyuge);
    • No se le exigió que reportara ningún ingreso en 2019 al Servicio de Impuestos Internos (IRS);
  • No puede pagar su alquiler debido a una pérdida sustancial de ingresos familiares, pérdida de trabajo o salarios (como ser despedido), o gastos médicos no reembolsados que probablemente excedan el 7.5% de su ingreso bruto ajustado (consulte su declaración de impuestos más reciente para conocer su ingreso bruto ajustado);
  • Está haciendo todo lo posible para hacer pagos parciales de alquiler oportunos en función de sus circunstancias;
  • Es probable que no tenga hogar o que necesite «duplicarse» si fuera desalojado. Esto incluye no tener dónde vivir, tener que mudarse a un refugio para personas sin hogar u otro refugio, o tener que mudarse con otra familia porque no tiene otras opciones de vivienda;
  • Ha tratado de obtener ayuda para pagar su alquiler de agencias gubernamentales como HARA, MDHHS (a través de Ayuda de Emergencia Estatal (SER) u otro) o MSHDA. Estos recursos también pueden ayudar a prevenir un desalojo; para obtener más información sobre cómo obtener esta ayuda, consulte Asistencia para el alquiler de COVID-19: Programas de Desviación de desalojos. Es importante conocer tanto la moratoria de los CDC como los Programas de Desviación de Desalojos de Michigan; y
  • Usted le ha dado a su propietario una declaración, firmada por todos los adultos en el contrato de arrendamiento, diciendo que estas cosas son ciertas. Sigue leyendo para aprender a hacer una declaración.

Diferentes tipos de desalojo

Esta moratoria detiene los desalojos por falta de pago del alquiler. Sin embargo, si su propietario está tratando de desalojarlo porque su contrato de arrendamiento ha terminado, o está en un contrato de arrendamiento mes a mes, es posible que esté protegido por la moratoria. Si se encuentra en esta situación, comuníquese con su oficina de asistencia legal local para obtener ayuda. Use la página de Recursos de desalojo para encontrar su información de contacto.

La moratoria de los CDC menciona tipos específicos de desalojo que no están protegidos. La moratoria no cubre los desalojos por ninguna de las siguientes razones:

  • Participar en actividades delictivas en su hogar
  • Amenazar la salud o la seguridad de otros residentes
  • Dañar o representar un riesgo significativo para la propiedad
  • No seguir los códigos u ordenanzas locales de salud, seguridad o construcción
  • No seguir otros términos de su contrato de arrendamiento

Si su propietario está tratando de desalojarlo por una de estas razones, es posible que desee hablar con alguien en su oficina de asistencia legal local que pueda ayudarlo. Encuentre su información de contacto en la página Recursos para Desalojos.

¿Cómo Puedo Obtener Esta Protección?

Para obtener protección contra el desalojo, debe firmar y darle a su propietario una declaración que indique todos los hechos mencionados anteriormente. Puede usar nuestro Formulario de Declaración de Moratoria de Desalojo de los CDC para que lo haga Usted Mismo para asegurarse de que califica, luego imprima y firme el formulario. O bien, puede descargar y firmar una versión en PDF del formulario de declaración de los CDC. Tanto la herramienta de bricolaje como el enlace le darán el formulario oficial de declaración de los CDC. Esta declaración de los CDC es la única que debe firmar para obtener estas protecciones. Si el propietario dice que necesita firmar algo más, es posible que desee pedir ayuda a asistencia legal. Encuentre su información de contacto en la página Recursos para Desalojos.

Todos los adultos que figuran en su contrato de arrendamiento deben firmar y entregar a su propietario una declaración.

Si califica para la protección de los CDC, puede entregar su declaración firmada a su propietario antes de que inicie una acción de desalojo o después de que haya comenzado un caso. Incluso puede dar una declaración a su propietario si ya ha pasado por un proceso de desalojo recientemente. Esto puede evitar que vuelva a ser desalojado este año.

Si un caso ya ha comenzado, también debe informar a la corte que le ha dado esta declaración al propietario. Puede hacerlo en una audiencia, o planteando esta defensa en su Respuesta. Use nuestra herramienta de Quejas de Desahucio de Respuesta por su Cuenta para levantar esta y otras defensas contra el desahucio. Si un sheriff le ha entregado una Orden de desalojo, significa que planea desalojarlo muy pronto, a menudo dentro de las 24 horas. Para evitar el desalojo, tendrá que presentar una moción para anular la orden rápidamente. La moción para anular debe decir específicamente que usted está protegido por la moratoria de desalojos de los CDC. Adjunte una copia de su formulario de declaración firmado. Si tiene una prueba de que se la envió al propietario, como el correo electrónico o la confirmación por fax, adjunte también esa prueba. Es posible que desee comunicarse con servicios legales para obtener ayuda en ese proceso. Encuentre su información de contacto en la página de Recursos de Desalojo.

Puede enviar la declaración por correo electrónico, fax o correo postal a su propietario en persona. Un beneficio de usar el correo electrónico es que automáticamente tiene un registro de esto. Si lo envía por fax, conserve una copia de la página de confirmación de fax. Si lo envía por correo, es posible que desee enviarlo por correo certificado para tener una prueba de que lo envió. No importa cómo envíe la declaración, asegúrese de hacer una copia para guardarla en sus archivos. Anote cuándo y cómo se lo dio a su propietario. Estas cosas pueden ayudar a protegerlo más adelante en la corte si el propietario dice que no lo recibió.

Recuerde, la declaración es una declaración jurada. Esto significa que si una de las declaraciones no es cierta, podría ser acusado de un delito si la firma y se la da a su propietario y podría ser desalojado.

¿Qué pasa Si no estoy Protegido por esta Moratoria?

Si usted no califica para protección, o está siendo desalojado por una razón que no sea el pago del alquiler, comuníquese con la oficina de asistencia legal local para obtener ayuda. Encuentre su información de contacto en la página de Recursos de Desalojo. Nuestro Formulario de Declaración de Moratoria de Desalojo de los CDC puede ayudarlo a determinar si califica o no, y si no, qué hacer a continuación.

Datos importantes sobre la Moratoria de los CDC

Si no le da a su propietario una declaración firmada, no está protegido.

Esta moratoria no impide que los propietarios cobren tarifas e intereses por el alquiler tardío.

Esta moratoria no condona el alquiler adeudado. Incluso si está protegido por esta moratoria, su declaración dice que hará todo lo posible para pagar la mayor cantidad de alquiler que pueda pagar durante el período de la moratoria (sin dejar de poder pagar necesidades como alimentos, medicamentos y transporte). Cuando la moratoria termine el 31 de marzo de 2021, tendrá que pagar todo el alquiler pendiente en ese momento, o podría enfrentar el desalojo nuevamente. Tenga esto en cuenta tanto sus necesidades de vivienda a corto plazo como sus necesidades de vivienda a largo plazo al decidir cuánto alquiler puede pagar durante este tiempo.

¿Cómo funciona esta Moratoria?

Si bien una corte todavía puede celebrar audiencias en un caso de desalojo e ingresar una Orden que indique que un inquilino puede ser desalojado, ninguna corte puede emitir una Orden de desalojo (el papel que el alguacil u otro funcionario necesita para sacarlo físicamente a usted o a sus pertenencias de la casa) y nadie puede sacarlo de su casa si está protegido por esta Orden.

Para ser protegido, debe entregar a su propietario una copia firmada de la declaración. Todos los adultos en el contrato de arrendamiento deben hacerlo. El propietario puede tratar de argumentar en la corte que usted no está protegido. Si esto sucede, es posible que tenga que explicarle al juez por qué está protegido y el juez puede decidir si la orden de los CDC lo protege o no. Si esto le sucede, debe comunicarse con su oficina de asistencia legal local de inmediato para obtener ayuda.

Nueva Orientación de la Corte Suprema

El 30 de enero de 2020, la Corte Suprema emitió una enmienda a la Orden Administrativa 2020-17. Este AO expirará el 31 de marzo de 2021. El AO modificado continúa con las siguientes reglas:

  • Si un inquilino tiene un caso de desalojo en cualquier corte, no está obligado a presentar una respuesta por escrito. En su lugar, podrían comparecer en la audiencia para responder a los reclamos de la queja. Ningún tribunal puede declarar una falta de comparecencia contra un inquilino por no presentar una respuesta por escrito.

  • Todos los tribunales de distrito deben tratar la audiencia inicial como una audiencia previa al juicio y proporcionar a las partes la siguiente información:

    • Tienen derecho a contratar a un abogado;

    • Cómo ponerse en contacto con el Colegio de Abogados del Estado para obtener un abogado si pueden permitirse contratar uno, o cómo ponerse en contacto con su oficina local de servicios legales;

    • Puede haber asistencia disponible de una Agencia Local de Evaluación y Recursos de Vivienda (HARA, por sus siglas en inglés), el Departamento de Salud y Servicios Humanos de Michigan (MDHHS, por sus siglas en inglés) y otras agencias comunitarias para ayudar a un inquilino a pagar parte del alquiler adeudado;

  • Los tribunales de distrito que aún no han superado el proceso de prioridad de casos establecido por el AO 2020-17 deben seguir cumpliéndolo. Para obtener más información sobre el proceso de prioridad de casos, revise el AO enmendado.

Los propietarios deben Presentar el Formulario de Verificación de los CDC

El AO enmendado requiere que los propietarios presenten un formulario de verificación que indique si el inquilino le ha dado al propietario un formulario de declaración de los CDC. El propietario debe informar al juez si el inquilino presenta un formulario en algún momento del caso. El juez aceptará el formulario de declaración del propietario o del inquilino.

Los tribunales Pueden Procesar Casos Hasta la Fase de Fallo

Si un inquilino está protegido contra el desalojo por la orden de los CDC, su caso puede procesarse hasta la fase de fallo, pero no se puede emitir una orden u orden de desalojo. Esto significa que los tribunales programarán y celebrarán audiencias sobre estos casos. Si el juez o el jurado decide que el inquilino debe ser desalojado, el juez emitirá un fallo de desalojo. Sin embargo, el inquilino no puede ser retirado de la propiedad mientras la moratoria de desalojos de CDC esté en vigor (actualmente, hasta el 31 de marzo de 2021).

Suspensión de la Regla de Ejecución de 56 Días

Hay reglas y plazos sobre cuándo y cómo se pueden hacer cumplir las órdenes de desalojo. Una regla de la Corte de Michigan dice que las sentencias de desalojo deben hacerse cumplir dentro de los 56 días posteriores a su emisión. Si el desalojo no ocurre en ese momento, la regla dice que el juez tiene que tener una nueva audiencia antes de que la orden se pueda hacer cumplir.

El AO enmendado suspendió esta regla para los casos en que los inquilinos reclaman protección basada en la moratoria de desalojos de los CDC. Esto significa que incluso si han pasado más de 56 días desde que el juez emitió un fallo de desalojo contra un inquilino, no es necesario programar una nueva audiencia antes de que el juez pueda firmar el auto u orden de desalojo.

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