Robo Civil de una Corporación en Florida

¿Qué es el Robo Civil en Florida?

El robo civil es una conversión de la ley común con la intención criminal de robar. Ver 1-27 Agravios de Florida § 27.07. El Estatuto de Florida 812.014 (2014) establece los elementos para el robo civil como:

(1) a sabiendas, (2) obtenido o utilizado, o intentado obtener o usar, la propiedad del demandante, (3) con intención delictiva, (4) ya sea temporal o permanentemente para (a) privar al demandante de su derecho o un beneficio de la propiedad o (b) apropiarse de la propiedad para el uso propio del demandado o para el uso de una persona que no tenga derecho a la propiedad.

¿Cuál es el Estatuto de Limitaciones en Florida?

Consulte la sección 812.014 (2014) de los Estatutos de Florida; consulte también § 16:12 Robo civil. Sin embargo, antes de presentar un reclamo por robo civil, la persona que reclama la lesión (demandante) debe hacer una demanda por escrito por la cantidad adeudada o el triple de la cantidad de daño. La persona a la que se dirige la demanda por escrito, el demandado, tiene 30 días para responder. Si se recibe una respuesta a la demanda por escrito, se exime por escrito al demandado de la responsabilidad civil por el acto específico de robo. El estatuto de limitaciones para un reclamo civil por robo es de cinco años y comienza desde el momento en que se descubrió o debió haberse descubierto la conversión, en lugar de cuando el demandado retuvo ilegalmente los fondos.

¿Cómo perforo el Velo Corporativo en Florida?

La Corte Suprema de Florida ha sostenido que una corporación es una entidad separada de sus accionistas y tiene un «velo corporativo».»Dania Jai-Alai Palace, Inc. v. Sykes, 450 So.2d 114 (Fla. 1984). Para perforar ese velo corporativo, «debe demostrarse que la corporación fue organizada o utilizada para engañar a los acreedores o perpetrar un fraude contra ellos.» Id. en 119-20. Sin embargo, se puede presentar una demanda civil por robo contra un funcionario o representante de una corporación por robo cometido por el individuo mientras actúa en nombre de la corporación. A-1 Racing Specialties, Inc. v. K&S Imports of Broward County, Inc., 576 So.2d 421, 422 (Fla. 4thDCA 1991). Si un funcionario de la corporación no participó personalmente en el robo, un reclamo civil por robo no es apropiado contra el individuo. Derrick contra Clemons, 576 So.2d 939, 940 (Fla. 5th DCA 1991). Además, se ha sostenido que no hay robo civil cuando existe una relación contractual. Véase Zinn v. Zinn, 549 So.2d 1141, 1142 (Fla. 3d DCA 1989) (citando Rosen v. Marlin, 486 So.2d 683 (Fla. 3d DCA 1986)). Tenga en cuenta que el robo civil no se aplica a la recuperación de daños contractuales.

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